Los abogados Miguel Ángel Ortiz Pellegrini, Eduardo Santiago Caeiro y Gastón Bazán plantearon ante el tribunal la nulidad absoluta de los alegatos de dos querellas y el abandono del rol de una tercera. Argumentaron defectos insubsanables y afectación de garantías del debido proceso.
La defensa de Oscar Félix González presentó ante el tribunal que lleva adelante el juicio por la tragedia de las Altas Cumbres un planteo para que se declare la nulidad absoluta de los alegatos formulados por las querellas particulares. El pedido fue realizado por los abogados Miguel Ángel Ortiz Pellegrini y Eduardo Santiago Caeiro ante el tribunal presidido por el juez Santiago Camogli.
Según sostuvieron los defensores, las exposiciones finales de las querellas presentaron defectos que no pueden ser subsanados y que afectan las garantías del debido proceso y de la defensa en juicio contempladas en el artículo 18 de la Constitución Nacional.
Uno de los cuestionamientos estuvo dirigido al alegato del abogado Lucas Cocha. La defensa señaló que el letrado expuso sobre los hechos y volvió a plantear un cambio en la calificación legal que ya había sido rechazado por la Fiscalía, pero no formuló un pedido concreto de pena para González. Desde la perspectiva defensiva, dentro del sistema acusatorio una presentación que no solicita una sanción punitiva no puede ser considerada una acusación válida.
También objetaron la exposición de Germán Romero Marcón. De acuerdo con el planteo, el abogado concentró su intervención en la solicitud de una pena y en los criterios para determinarla, pero no realizó un análisis de las pruebas producidas durante el debate, ni fundamentó la responsabilidad atribuida a González. Tampoco, según la defensa, adhirió a la acusación fiscal o a la formulada por el otro querellante.
Los defensores cuestionaron además que ambas intervenciones pudieran complementarse entre sí. Argumentaron que los abogados representan a damnificados diferentes y poseen personerías independientes, por lo que no resultaría procesalmente válido que uno desarrollara los hechos y otro reclamara la pena para conformar de ese modo una acusación conjunta.
Por otra parte, la defensa pidió que se declare el desistimiento tácito y el abandono del rol de querellante particular del abogado Emiliano Binante, quien representa a Vera Szulewicz. Según el planteo, el letrado permaneció en silencio durante la audiencia y no formuló alegato final.
Los defensores sostuvieron que esa omisión, de acuerdo con el Código Procesal Penal de Córdoba, extinguiría su facultad de acusar en esta etapa.
Finalmente, ante una eventual decisión judicial que convalide los actos cuestionados, la defensa dejó planteada la reserva de caso federal. Indicó que recurriría, de corresponder, ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación por una presunta afectación de los principios de congruencia y paridad de armas, además de invocar la doctrina de arbitrariedad de sentencia.
• Por Mauro Tello.

