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Condenan a Telecom por líneas no solicitadas y una deuda que terminó en el Veraz

La Justicia de Córdoba ordenó a la empresa indemnizar a una usuaria con $7.729.360 más intereses por dos líneas telefónicas que nunca pidió y por mantener un registro negativo en una base de riesgo crediticio. También dispuso la difusión pública del fallo.

La Cámara de Apelaciones Civil y Comercial de 7° Nominación de Córdoba condenó a Telecom Argentina a indemnizar a una clienta luego de determinar que la empresa había dado de alta dos líneas telefónicas que la mujer no había solicitado y posteriormente reclamado el pago de una deuda generada por esos servicios.

El conflicto se inició con el alta de las líneas a nombre de la usuaria. Ante los cargos que comenzaron a generarse, la mujer realizó reiterados reclamos para conseguir la baja de los servicios y la cancelación de los saldos. Aunque Telecom finalmente dio de baja las líneas, no informó oportunamente esa situación al Veraz.

Como consecuencia, el registro negativo de la consumidora permaneció en las bases de datos crediticias pese a que no existía una obligación exigible.

Los vocales Jorge Miguel Flores y Florencia Bellusci encuadraron el caso dentro de las relaciones de consumo previstas por la Ley de Defensa del Consumidor N.° 24.240. Para la Cámara, la conducta de la compañía resultó reprochable porque, pese a contar con los medios necesarios para resolver el conflicto, mantuvo una actitud de desinterés frente a los reclamos.

El tribunal sostuvo que una empresa no puede desconocer las consecuencias que puede provocar una inclusión indebida en registros de morosidad, entre ellas dificultades para acceder al crédito y afectaciones sobre la reputación comercial y la vida de relación de una persona.

Por estos motivos, la Cámara consideró procedente el daño punitivo y fijó la indemnización en $7.729.360 más intereses. Para establecer ese monto tuvo en cuenta los reiterados reclamos extrajudiciales, la falta de una respuesta integral y la relevancia de la empresa demandada.

Además, ordenó difundir públicamente la sentencia como medida destinada a advertir a otros consumidores y a prevenir la reiteración de conductas abusivas.