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Rechazaron la probation de un imputado por la muerte de dos obreros en Villa Dolores

La Cámara Criminal y Correccional de Villa Dolores desestimó el pedido de suspensión del proceso a prueba formulado por Arturo Jorge Hanisch. La Fiscalía consideró que la causa, por su gravedad y complejidad, debe llegar a juicio oral. El debate está previsto para noviembre.

La causa judicial iniciada por la muerte de dos trabajadores durante una obra de desagües pluviales en Villa Dolores continuará hacia el juicio oral, luego de que la Cámara Criminal y Correccional rechazara el pedido de suspensión del proceso a prueba presentado por Arturo Jorge Hanisch.

La resolución fue dictada el 8 de octubre por el vocal Raúl Alejandro Castro, quien consideró que la oposición planteada por el Ministerio Público Fiscal estaba debidamente fundada y resultaba vinculante para el tribunal.

El expediente se originó a partir del derrumbe ocurrido el 16 de julio de 2019 en una excavación vinculada con una obra de desagües pluviales en la ciudad. Como consecuencia del episodio murió Norberto Orlando Romero, de 43 años, mientras que Rubén Damián Altamirano, de 23, falleció tres días después.

Por el hecho están imputados Enrique Héctor Bernáldez, Arturo Jorge Hanisch, la exintendenta y actual legisladora provincial Carmen Gloria Pereyra y Aldo Zanitti, entonces secretario de Obras Públicas. A Pereyra y Zanitti se les atribuye, además del homicidio culposo agravado por el número de víctimas, el presunto incumplimiento de los deberes de funcionario público. Hanisch y Bernáldez enfrentan una acusación por homicidio culposo agravado por el número de víctimas.

El debate oral y público se encuentra previsto para el 10 de noviembre de 2026.

La propuesta de Hanisch

Durante una audiencia realizada el 2 de octubre, los defensores de Hanisch solicitaron la suspensión del proceso a prueba. La propuesta contemplaba una reparación económica de 8.000 dólares para cada grupo familiar damnificado, 96 horas de tareas comunitarias en el merendero “Los Guachos”, de la ciudad de Córdoba, y reglas de conducta vinculadas con la actividad profesional del imputado.

La defensa sostuvo que estaban cumplidos los requisitos legales para acceder al instituto y señaló que Hanisch había mantenido buena conducta. También planteó que, según su evaluación, una eventual condena podría ser de ejecución condicional.

Los representantes de los querellantes particulares manifestaron su conformidad con la reparación ofrecida. Según consta en la resolución, los familiares fueron consultados durante la audiencia y aceptaron la propuesta.

La Fiscalía de Cámara, a cargo de Sergio Cuello, se opuso al pedido. El funcionario sostuvo que el expediente presenta características que justifican la realización de un juicio oral, entre ellas la existencia de dos víctimas fatales, la intervención de distintas personas y las responsabilidades diferenciadas dentro de una obra pública municipal.

En relación con Hanisch, la Fiscalía señaló que se le atribuye haber intervenido como director y representante técnico de la obra en aspectos sustanciales de planificación y ejecución.

El argumento del tribunal

La Cámara analizó el alcance de la oposición fiscal y recordó que, conforme al régimen legal de la suspensión del proceso a prueba, el consentimiento del Ministerio Público constituye una condición relevante cuando la negativa se encuentra fundada en razones de política criminal.

Para el tribunal, la Fiscalía explicó por qué consideraba necesario que el caso fuera sometido a juicio. Entre otros aspectos, mencionó la gravedad de los hechos investigados, su complejidad, el volumen y especialidad de la prueba y la existencia de distintas responsabilidades que deberán ser analizadas en un debate oral.

Castro concluyó que esos argumentos eran razonables y suficientes para sostener la oposición fiscal. En consecuencia, rechazó la probation solicitada por Hanisch y dispuso que la causa continúe según su estado.

La decisión no implica una declaración de responsabilidad penal sobre Hanisch ni sobre los restantes imputados. Esa cuestión deberá ser analizada en el proceso judicial correspondiente.

Con el rechazo del beneficio, el expediente mantiene su curso hacia el debate previsto para noviembre, instancia en la que deberán discutirse las circunstancias del derrumbe y la eventual responsabilidad que pudiera corresponder a cada uno de los acusados.

• Por Mauro Tello