La Cámara declaró al acusado autor de cuatro hechos de abuso sexual con acceso carnal y de un quinto episodio en grado de tentativa. También homologó un acuerdo civil por $8 millones a favor de la víctima y dispuso una prisión preventiva domiciliaria, provisoria y por 90 días.
La Justicia condenó a Jorge Alberto Fernández a siete años y seis meses de prisión tras declararlo autor de cuatro hechos de abuso sexual con acceso carnal y de otro episodio de la misma figura delictiva en grado de tentativa, según surge de la resolución firmada por el vocal de Cámara Carlos Rolando Escudero.
El fallo comprende los hechos identificados como primero, segundo, tercero y sexto en la acusación, además del octavo, calificado como tentativa. La resolución establece que los delitos concurren de manera real y fija la pena de prisión, con las adicionales legales y las costas correspondientes.
En el mismo pronunciamiento, el tribunal homologó un acuerdo entre la víctima, identificada por sus iniciales E.V.T., y Fernández, en concepto de daño moral y daño psíquico. El monto acordado asciende a $8 millones, que deberán abonarse mediante transferencia bancaria en dos cuotas de $4 millones cada una, a los 15 y 45 días de que la resolución quede firme. Los honorarios del abogado de la querellante también estarán a cargo del demandado civil, de acuerdo con las condiciones establecidas.
La resolución dispuso, además, una prisión preventiva bajo modalidad domiciliaria por un plazo provisorio de 90 días corridos desde la notificación efectiva. Durante ese período, Fernández deberá cumplir condiciones específicas: permanecer en el domicilio fijado, salvo salidas por motivos de salud conforme al procedimiento indicado, y presentarse los lunes y jueves en la Comisaría de Mina Clavero. La dependencia policial deberá registrar las comparecencias e informar semanalmente al órgano judicial competente.
El tribunal aceptó a la esposa del condenado como tutora o referente de cuidado, sujeto al cumplimiento de las formalidades previstas. También advirtió que los incumplimientos injustificados podrían dar lugar a la revisión o revocación de la medida domiciliaria.
Entre otras disposiciones, ordenó el decomiso de dos teléfonos celulares y sus accesorios, la notificación a la víctima y la provisión del tratamiento penitenciario que corresponda por la naturaleza de los delitos. Asimismo, dispuso informar la condena al Registro Provincial de Personas Condenadas por Delitos contra la Integridad Sexual.
La resolución también fijó honorarios por las pericias psicológicas y psiquiátricas realizadas, a cargo del condenado, y estableció el pago de las tasas judiciales y los aportes correspondientes a la acción civil y al proceso penal.
El fallo lleva la firma del vocal de Cámara Carlos Rolando Escudero y del prosecretario de Cámara Nicolás Puente.
- Por Mauro Tello

