En una sentencia particular, la Justicia de Córdoba otorgó la adopción plena de dos adolescentes y un joven mayor de edad al matrimonio que había sido designado guardador.
El pedido había sido formulado por los pretensos adoptados y el Juzgado de Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y de Género de Córdoba reconoció la legitimación activa de las menores para solicitar su propia adopción.
La jueza Mariana Wallace señaló, en relación con las adolescentes, que esta decisión era la que mejor garantizaba el interés superior del niño; y respecto del mayor de edad afirmó que había quedado probado el trato filial durante la etapa en que era menor edad, lo que permite acreditar la existencia de lazos afectivos consolidados.
La sentencia también señala que la legislación admite la adopción de una persona mayor de edad. Esta encuentra su fundamento no ya en la satisfacción de necesidades; sino en la preexistencia de una situación vincular a partir de una guarda adoptiva cuando era menor de edad, que necesita de reconocimiento a partir de un emplazamiento adoptivo.

