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Caso desagües: Ribeiro advierte la posibilidad de acudir a la Justicia

El Concejo Deliberante de Villa Dolores aprobó días atrás, por unanimidad, la conformación de una Comisión Investigadora con el objeto de dilucidar la responsabilidad que hubiera tenido la intendenta Gloria Pereyra en el proceso de indemnización de Rolando Norberto Romero y Rubén Damián Altamirano, dos operarios municipales que fallecieron en una obra pública de desagües en 2019.

El pleno legislativo entiende que podrían existir tres irregularidades: los operarios municipales no contaban con seguro, sin embargo, una Aseguradora de Riegos de Trabajo habría pagado indemnizaciones; el Departamento Ejecutivo habría acordado confidencialmente restituir el dinero de las compensaciones por fallecimiento al seguro, no respetando el principio de publicidad de los actos de gobierno; y los pagos efectuados por el Municipio al seguro habrían superado el régimen de contratación directa, sin ser girados por el Departamento Ejecutivo al Tribunal de Cuentas ni al Concejo Deliberante.

Sobre el particular el Dr. Roberto Ribeiro (foto), presidente del parlamento dolorense, consideró que esta situación puede llegar a tener derivaciones funcionales, a tal punto que los funcionarios municipales involucrados podrían llegar a tener que “responder con su patrimonio”.

-Para el entendimiento de la gente, ¿qué es una Comisión Investigadora y con qué finalidad se ha constituido?

-La Comisión Investigadora es una facultad que tiene el Concejo Deliberante a través de uno o más miembros con el fin de determinar o deslindar responsabilidades sobre un hecho en particular.

El este caso, el Concejo Deliberante se ha constituido en pleno, es decir que la totalidad de los concejales han conformado la Comisión Investigadora para indagar sobre dos pagos irregulares que realizó el Departamento Ejecutivo.

Esto se vincula a dos acuerdos establecidos por la intendenta Gloria y el secretario de Hacienda, Juan Pablo Sastre, relativos a seguros de riesgo del trabajo en el caso de los trabajadores municipales fallecidos en la obra de desagües de la calle Castellano.

Ante esa circunstancia, el bloque de la minoría pidió la constitución de la Comisión Investigadora contando con documentación relacionada a los acuerdos de pago y a las órdenes de pago, en fotocopia, no en original. En base a eso, se decidió por unanimidad requerir una serie de informes al Departamento Ejecutivo, Tribunal de Cuentas y Asesoría Letrada.

-La respuesta a estos informes tenían un plazo de 24 horas, que ya ha fenecido. ¿Se recibió algún tipo de información al respecto?

-Se decidió efectuar un pedido de informe a la Secretaría de Hacienda para que remitiera las órdenes de pago, también los extractos bancarios para determinar si los cheques relativos a esas órdenes de pago ya han sido cobrados por la Aseguradora de Riesgos de Trabajo.

Luego se requirió a la Asesoría Letrada un pedido de informe para que envíe la documentación en original relativa a los acuerdos, sobre los cuales llama la atención la existencia de una cláusula de confidencialidad, es decir que estos no podían ser exhibidos. También se solicitó el decreto correspondiente, las órdenes de pago e información acerca del expediente judicial relativo al reclamo resarcitorio civil derivado de la muerte de los trabajadores municipales.

Ninguno de estos pedidos de informes ha sido evacuado por la Secretaría de Hacienda y Asesoría Letrada. De igual manera se solicitó a la Secretaría de Gobierno un informe similar, pidiendo la documentación en original, pero tampoco ha sido respondido.

Solamente fue evacuado el pedido de informe realizado al Tribunal de Cuentas, en tiempo y forma, en el que se detalla que los pagos de esas operatorias no han pasado por este órgano de control.

-¿Esto resulta clave considerando los montos dinerarios?

-En el informe del Tribunal de Cuentas surge con claridad que deberían haber sido aprobados los dos pagos por este órgano. En realidad todo pago debe ser aprobado por el Tribunal de Cuentas: existen algunos que requieren una visación previa cuando se supera el régimen de contratación y otros que ameritan una visación posterior para los casos en los que la Municipalidad puede contratar de forma directa.

Estos pagos, por la trascendencia económica y social que tenían, deberían haber sido autorizados incluso en forma previa por una ordenanza particular del Concejo Deliberante. Eso es lo que llama la atención: no se solicitó al cuerpo parlamentario que hiciera esa ordenanza particular aprobando estos pagos.

En todo caso, el Departamento Ejecutivo podría haber optado por un decreto de necesidad y urgencia, que tampoco existe. De existir, éste debería haber sido remitido al Concejo Deliberante dentro de las 72 horas posteriores para su ratificación; cuestión que tampoco ha sucedido.

En concreto, del informe del Tribunal de Cuentas surge que ninguno de los dos pagos fue visado previamente ni en forma posterior, porque no fueron presentados ante ese órgano.

Igualmente se ha observado que en el ejercicio 2022 existen 48 órdenes de pago que no han sido remitidas, dentro de las cuales se encuentran estos dos pagos relativos a estos acuerdos de repetición con la Aseguradora de Riesgos del Trabajo.

-Teniendo en cuenta la documentación y la información con la que cuentan los concejales, ¿qué análisis se hace?

-Esto puede tener múltiples derivaciones. No olvidemos que aquí hubo una causa de tipo penal, donde se trató de dilucidar la responsabilidad de algunos funcionarios. Hay que ver en ese expediente si surge que los trabajadores han estado registrados o no, porque en los acuerdos de pago hay un reconocimiento por parte del Departamento Ejecutivo de que estos no estaban registrados, que se había omitido registrarlos.

Lo que tenemos hoy con total claridad es que los pagos no fueron aprobados por el Tribunal de Cuentas, que es el procedimiento normal, habitual y legal para que estos tengan legitimidad. Esto podría llegar a tener derivaciones funcionales, incluso los funcionarios firmantes podrían responder con su patrimonio ante esta irregularidad.

La ordenanza del régimen de contratación municipal habla que en caso de incumplimiento a éste, los funcionarios deben responder con su patrimonio cuando se haya violado esta normativa.

-¿Observan negligencia en caso de no haberse realizado la inscripción de los trabajadores y, consecuentemente, al tener el Municipio que cubrir las indemnizaciones correspondientes?

-Al reconocerse en un convenio que hay una actitud omisiva, se está reconociendo una negligencia. Las negligencias pueden ser con una actitud positiva o una negativa, como lo es una omisión.

Aquí el mismo Departamento Ejecutivo ha reconocido esa omisión, que es lo que da lugar a la Aseguradora de Riesgo de Trabajo a reclamar los pagos, independientemente de que los herederos de los trabajadores fallecidos tengan todo el derecho a percibir las sumas indemnizatorias.

Pero todavía no tenemos ninguna otra información, porque no han sido remitidos los informes. Llama la atención la falta de colaboración para con el cuerpo, atento a que ha sido una decisión unánime de todos los concejales pedir estos datos.

-¿Qué derivación habrá a partir de ahora en caso de que no ingresen las respuestas a los pedidos de informe? ¿Se citará a la intendenta o a los funcionarios involucrados a asistir al Concejo Deliberante?

-A eso lo va a determinar la Comisión Investigadora. Pero si no se logra contar con esa información, el camino que queda es optar por vía judicial a través de la denuncia pertinente.

En este marco, existe otro pedido de informe que todavía no ha llegado al Concejo Deliberante y que fue solicitado por unanimidad, relativo a una denuncia formulada por irregularidades en las obras de las cloacas, terminal de ómnibus y palacio municipal, contra el ex intendente Juan Pereyra por parte de la intendenta actual. Eso también fue requerido y todavía no hemos tenido esa información por parte de Asesoría Letrada.

-¿Pueden acudir entonces a la Justicia también por esta denuncia sobre las obras públicas?

-Seguramente que sí. La información es un derecho que tienen todos los habitantes y en el ámbito público también se puede requerir por vía judicial. No veo por qué no se remite la información, si fue una denuncia que en su momento realizó la intendenta y que debería estar en manos de los concejales también para conocer concretamente los motivos de la misma.

Según informó en su momento en el recinto el concejal Aldo Zanitti, en su momento secretario de Obras Públicas, informó que se hizo una pericia para determinar si se había hecho bien la obra. De acuerdo a lo expuesto por el edil, se trata de una pericia de los aspectos constructivos para determinar si la obra existía y cómo se había realizado. A esto necesita acceder el Concejo Deliberante para determinar si hay alguna responsabilidad por parte de los funcionarios anteriores.

-Volviendo al primer tema, ¿es esta la primera vez en democracia en la cual una intendenta es objeto de una Comisión Investigadora?

-Sí. Hubo un antecedente de una Comisión Investigadora en relación a concejal, por un subsidio, en la época del intendente Juan Pereyra. Pero en el caso de la intendenta Gloria, es histórico que el Concejo Deliberante en pleno haya constituido una Comisión Investigadora. Desde el advenimiento de la democracia, no había sucedido en Villa Dolores.

Que todo el cuerpo haya decidido formar una Comisión Investigadora ante un hecho de gravedad institucional habla de independencia de poderes, de democracia y de espíritu republicano. Al haber independencia de poderes se puede llegar a conocer a fondo y echar luz sobre estas cuestiones que a la ciudadanía le interesan, más aún cuando los dineros que se manejan y comprometen son públicos.

-¿Son optimistas? ¿Creen que van a lograr echar luz sobre esta temática?

-Si contamos con la información que hemos requerido, se puede llegar a echar luz. Ya el Tribunal de Cuentas ha brindado un informe pormenorizada acerca de que los pagos no han sido aprobados, lo que nos da un indicio. No se ha cumplido con el procedimiento legal que debe tener todo compromiso de pago en la Municipalidad. Aquí habría una responsabilidad  funcional muy importante que hay que deslindar.