La Legislatura modificó artículos clave de la Ley 8.560 y avanzó en una actualización del régimen de sanciones y control preventivo.
Durante la 25ª sesión ordinaria del 147° período legislativo, la Legislatura de Córdoba aprobó una actualización de la Ley Provincial de Tránsito N° 8.560, con cambios orientados a fortalecer el control vial, modernizar los sistemas de fiscalización y adecuar la normativa a las dinámicas actuales de circulación.
Uno de los puntos centrales es la actualización del régimen de luces obligatorias. La nueva norma habilita el uso de luces diurnas (DRL), siempre que se encienda automáticamente la luz de posición trasera, estableciendo que esta modalidad no será pasible de sanción. No obstante, se ratifica la obligación de circular con luz baja encendida en rutas nacionales y provinciales, tramos interurbanos, túneles y sectores señalizados.
La ley también introduce precisiones sobre territorialidad e interjurisdiccionalidad, determinando que cada infractor será juzgado por el juez competente de la jurisdicción donde se cometió la falta, reforzando la seguridad jurídica del procedimiento.
Además, se fortalece el carácter administrativo de las infracciones, consolidando un enfoque preventivo y respetuoso del debido proceso, sin modificar el paradigma general de la ley vigente.
Otro cambio relevante es la actualización del lenguaje normativo, incorporando terminología adecuada para referirse a personas con discapacidad, eliminando expresiones obsoletas en todo el texto legal.
La reforma busca perfeccionar herramientas ya existentes, corregir vacíos operativos y mejorar la eficacia del sistema sancionatorio y preventivo en materia vial.

