El Tribunal de la Cámara en lo Criminal y Correccional de Villa Dolores condenó a Williams Alejandro Nieto, conocido como “Willi”, como coautor penalmente responsable del delito de estafa, imponiéndole una pena de dos años y tres meses de prisión de ejecución condicional, según lo resuelto por el vocal Raúl Alejandro Castro, titular de la Sala Unipersonal N.º 1.
El fallo hace referencia a hechos comprendidos en la requisitoria elevada por la Fiscalía de Instrucción de Villa Cura Brochero, con fecha del 28 de marzo de 2025, y confirmada por el auto de elevación a juicio emitido el 5 de mayo por el Juzgado de Control de esa misma sede.
La sentencia, que no prevé el cumplimiento efectivo en prisión, impone a Nieto una serie de condiciones estrictas durante el término de la condena. Entre ellas, fijar residencia, no cambiarla sin autorización judicial, someterse a supervisión del Patronato de Liberados en Córdoba Capital, presentarse periódicamente ante el Juzgado de Ejecución, y cumplir con 60 horas de trabajo comunitario no remunerado en una institución pública o de bien común.
Además, el Tribunal ordenó remitir copia del fallo al Tribunal de Conducta de las Fuerzas de Seguridad y emplazó al condenado a pagar la tasa de justicia correspondiente.
Este tipo de sentencias refleja la aplicación de penas alternativas a la prisión en casos en que los jueces consideran que pueden lograrse efectos reparatorios y preventivos con otras herramientas del sistema penal, siempre bajo vigilancia institucional.