El Juzgado de Control y Faltas N° 3 de Córdoba dictó una sentencia ejemplar en un caso de extorsión sexual digital. El acusado, F. J. R., fue condenado a tres años de prisión efectiva por exigir 15 mil dólares a un hombre bajo amenaza de divulgar imágenes íntimas que supuestamente tenía en su poder.
El método empleado demuestra cómo las nuevas tecnologías también son utilizadas para el delito. A través de Telegram, con usuario oculto y mensajes autodestructivos, el imputado enviaba amenazas reiteradas. Según la Fiscalía de Cibercrimen, esos actos no sólo configuraron extorsión y coacción, sino que además derivaron en lesiones psicológicas: el damnificado desarrolló un trastorno de estrés postraumático.
El juez Pablo Agustín Cafferata destacó que el acusado “desplegó conductas con una capacidad delictiva específica”, valiéndose de medios digitales diseñados para borrar rastros y dificultar la investigación judicial.
La pena fue acordada en el marco de un juicio abreviado, con reconocimiento de culpabilidad por parte del imputado.
Más allá del fallo, el caso refleja una problemática creciente: la vulnerabilidad de las personas ante el uso malintencionado de herramientas digitales. La sentencia no solo repara un daño individual, sino que deja un mensaje sobre los límites legales y morales del chantaje en la era de la hiperconectividad.

