En diciembre de 2022, una beba nació a partir de la interrupción de su gestación de 35 semanas luego de que la persona gestante, una nena de 12 años, accediera a la interrupción legal del embarazo (ILE) al prestar el consentimiento informado, tal como lo permite la Ley 27.610.
A ocho meses de aquel hecho y en un proceso judicial sin precedentes en la provincia, la jueza Mariana Wallace del Juzgado de Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y de Género de 4° Nominación de Córdoba declaró la “adoptabilidad” de la beba que nació a través de esa práctica.
Sin embargo, la magistrada remarcó que la nena de 12 años que accedió a la ILE no será citada al proceso judicial para dar en adopción a la beba, puesto que cuando solicitó interrumpir el embarazo decidió “no maternar”.
En este sentido, el Tribunal actuante valoró que el consentimiento informado para el acceso a una interrupción de embarazo habla por sí mismo de la determinación de la gestante “a no asumir los cuidados de quien, eventualmente, sobreviva a la interrupción de la gestación” y que, llamarla al proceso, sería una exposición innecesaria. “Se le causaría una victimización secundaria y violencia de género modalidad institucional”, señaló la jueza.
Al respecto aclaró: “Esto no es una limitación al ejercicio del derecho de defensa sino por el contrario, es en respeto a su autodeterminación registrada en el consentimiento informado”.
Resolución
En la resolución, que no está firme, la jueza concluyó que el consentimiento informado para el acceso a la ILE, que firmó la gestante y su progenitora como representante legal, habla por sí mismo de la determinación de la menor de 12 años y que se trata de una “pieza vital que da consistencia jurídica a la voluntad de la gestante y que sustituye la participación de ésta en el proceso de adopción”.
Asimismo, la jueza valoró negativamente que la recién nacida sea resguardada en una familia transitoria y ordenó el egreso del hospital directamente con quienes se escogieron del Registro Único de Adoptantes, “dado lo previsible del desenlace judicial en estos contextos y con el objetivo de evitar una mutación de cuidados y afectación al apego”.
Registración e identidad
Esta cuestión genera una cierta disputa entre los derechos de la mujer -adulta o niña- que no quiere asumir la maternidad y el derecho a la identidad de la niña nacida. Ante ello, la titular del juzgado dejó planteada la posibilidad de que en los nacimientos posteriores a la manifestación de acceder a una ILE se generen dos actas.
En la primera, se consignarán los datos de la gestante, para se conserve el dato biológico y a fin de resguardar el derecho a la identidad estática del nacido. En tanto, en la segunda, se consignará “el prenombre original y por nombre (apellido) uno de uso común”, para resguardar información sensible frente a terceros. Esa segunda es la que se utilizaría para trámites y procesos judiciales.
Violación o peligro
Cabe destacar que pasada la semana 14 de gestación, la persona gestante puede acceder a la ILE sólo si el embarazo fue producto de una violación o si está en peligro la vida o la salud de la persona gestante. El fallo no aclaró qué situación sufrió la adolescente.

