El Foro Ambiental Traslasierra alerta sobre las recienten actualizaciones a la Ley de Política Ambiental Provincial, aprobadas en la Unicameral de Córdoba. Se denuncia que surgen de “la presión de sectores concentrados de la economía que van por lo poco que nos queda de bienes comunes en Córdoba”. Ante esto, se interpuso una Acción Declarativa de Inconstitucionalidad.
Integrantes del Foro Ambiental Traslasierra interpusieron una Acción Declarativa de Inconstitucionalidad en contra de la Ley 10.830, que modificó la Ley 10.208 en sus Anexos I y II, donde se establecen, entre otras cosas, qué actividades requerirán obligatoriamente antes de su inicio llevar a cabo el Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental, que incluye Estudio de Impacto Ambiental y Audiencia Pública.
De acuerdo al Foro Ambiental Traslasierra, la Ley 10.830 no cumple con el principio constitucional de no regresividad y además se señala que no contó con la participación que la normativa del tipo ambiental requiere antes de su aprobación.
“El hecho de quitar determinadas actividades antrópicas de los anexos, hace desaparecer la obligación del inicio del Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) para dichos proyectos. Es decir que esas actividades que antes requerían cumplir una condición (iniciar el Proceso de EIA) luego de la reforma quedan exentas de cumplirla, lo que significa una flexibilización a las actividades y una mayor desprotección desde el punto de vista ambiental”, lamenta la organización.
Y ejemplifica: “Antes de la reforma, el desmonte sobre los bosques protegidos y/o permanentes (inc. 32 Anexo I, previo a la reforma), en cualquier categoría de zonificación, requería obligatoriamente el inicio del Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental. Ese inciso se borró del Anexo I, con el argumento de que el desmonte estaría ya prohibido por la Ley 9.814, sobre todo en zonas rojas, categoría I, cosa que es totalmente falso”.
“De ningún modo se trata de modificaciones menores. No es una actualización sólo estética de una norma tan sensible como la 10.208 -en cuyo debate sí participaron diversos sectores de la sociedad civil-. Esta reforma, en cambio, es la exteriorización legislativa de la presión de sectores concentrados de la economía que van por lo poco que nos queda de bienes comunes en Córdoba,” advierte el Foro Ambiental Traslasierra.
La Acción Declarativa de Inconstitucionalidad fue acompañada del pedido de una medida cautelar de suspensión de la vigencia de la Ley 10.830, hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo.
El Foro Ambiental Traslasierra entiende que esta medida cautelar, basada en el principio precautorio y de prevención, es sumamente necesaria, ya que diversas y graves situaciones (miles de hectáreas incendiadas cada año, avance descontrolado de emprendimientos inmobiliarios y mineros, construcción de autovías y rutas en Punilla, Paravachasca y entre Mina Clavero y Villa Dolores atravesando cuencas y ecosistemas aún bien conservados, acueductos que prometen soluciones pero generan futuros problemas…) son causa de la destrucción irracional del poco bosque nativo que nos queda.
“Es urgente detener toda actividad que complique y profundice aún más el drama ambiental que vive la provincia de Córdoba. ¡Basta de Ecocidio! ¡El Monte No Se Toca!”, esgrimió la organización local.