Un tercero usurpó la identidad de otra persona para obtener un “plástico”. Con este medio de pago, hizo consumos que no abonó. El damnificado fue informado como deudor moroso ante el BCRA.
La Justicia de Córdoba condenó a un Banco privado a indemnizar a una persona a quien le usurparon la identidad para solicitar una tarjeta de crédito. El Tribunal consideró acreditado que la entidad financiera incumplió el “deber de seguridad” de desempeñar su actividad comercial sin dañar a clientes o al público, en general, ya que no tomó mayores recaudos para emitir una tarjeta de crédito a quien se presentó con un DNI falso.
La jueza María Eugenia Murillo tuvo por acreditado que el damnificado nunca prestó consentimiento para dicha contratación, sino que se vio expuesto a las prácticas comerciales del Banco. Esta situación tuvo como consecuencia que se creara una deuda a su nombre que derivó en llamados telefónicos y mensajería de texto para el cobro e, incluso, fue informado al Banco Central de la República Argentina (BCRA) como deudor moroso en situación N° 4, es decir, con alto riesgo de insolvencia.
Pérdida de chance
Con relación a los rubros a resarcir, la magistrada acogió el reclamo de indemnización por pérdida de chance, ya que el damnificado no pudo acceder al programa social “25 mil viviendas” del Gobierno de Córdoba como consecuencia de la información errónea brindada por el Banco emisor al BCRA sobre el estado deudor y el retardo en rectificar dicha información.
Asimismo, la jueza Murillo mandó a pagar 200.000 pesos, más intereses, en concepto de daño punitivo, con fundamento en que el Banco demandado no sólo informó al BCRA una errónea situación financiera del accionante, sino que también adoptó una actitud pasiva durante más de un año al pedido de rectificación de dicha información.